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Encuesta: JUBILACIÓN MINERA
¿Cuáles cree ud fueron las causas de que se halla gestado la Ley de la Jubilación Minera ?
Principal | Caso Shougang | Sindicato de Obreros de Shougang afiliado a la FNTMMSP, se manifiesta respecto a aprobación de Ley de Jubilación Minera.

Sindicato de Obreros de Shougang afiliado a la FNTMMSP, se manifiesta respecto a aprobación de Ley de Jubilación Minera.

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image Sindicato de Obreros de Shougang

El día jueves 27 de agosto del 2009, el Pleno del Congreso de la República, rechazó el pedido de reconsideración presentado por el congresista Dr. Rafael Yamashiro de UN; la votación fue de 74 votos en contra, 12 a favor de la reconsideración y 3 abstenciones, de esa forma queda aprobado el proyecto de ley Nº 847-2006, y se correrá traslado de la autógrafa hacia Palacio de Gobierno a fin de que el Presidente de la república proceda a su promulgación.

Los mineros podemos jubilarnos a los 45 años los que laboran en minas de socavón y a los 50 y 55 años los que laboran en minas de tajo abierto, y para garantizar el recurso económico que servirá para incremenetar la pensión de jubilación de los trabajadores mineros, se creará un fondo complementario con un aporte del 0,5% de la Renta Bruta de los trabajadores del sector y de las remuneraciones de los trabajadores.

Fuente: Boletín "Unidad Sindical" del Sindicato de Obreros de Shougang.
29 de agosto del 2009

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